La Ozonoterapia ya está en la ley del estado Mexicano de Nueva León

Publicado el 05/09/2018

Desde el 19 de enero de 2018 la práctica de la ozonoterapia es legal en el estado de Nuevo León de la República Mexicana. 

Los ozonoterapeutas deberán tener los conocimientos correspondientes respaldados en diplomas legalmente expedidos y registrados. 

Los ozonoterapeutas deberán ser “responsables ante las autoridades competentes, de las prácticas o métodos que apliquen.” 

La ozonoterapia quedó incluida dentro de la “medicina tradicional, complementaria o alternativa. 

Amozón (Asociación Mexicana de Ozonoterapia), miembro fundador de Imeof (International Medical Ozone Federation) y con su apoyo, jugó un papel muy importante para que la ozonoterapia hubiera quedado incluida en la legislación del estado.

Son ya trece países que han regularizado la ozonoterapia en todo su territorio o en parte de él.

 

Desde el 19 de enero de 2018 la práctica de la ozonoterapia es legal en el estado de Nuevo León de la República Mexicana.

Los que la practiquen deberán tener los conocimientos correspondientes respaldados en diplomas que hayan sido “legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes.” Los   ozonoterapeutas deberán ser “responsables ante las autoridades competentes, de las prácticas o métodos que apliquen.”

El estado de Nuevo León promoverá e impulsará la investigación de la ozonoterapia y para ello deberá contar con un área específica dentro del sector sanitario del estado.

La incorporación de  la ozonoterapia en la legislación del estado de Nuevo León fue hecha por el Decreto 346, que reformó los artículos 49, 2º. párrafo y 98 BIS, 1er. párrafo, de la Ley Estatal de Salud del 12 de diciembre de 1988. Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, Sección Tercera, Tomo CLV 9 III, el 19 de Enero de 2018. Págs. 16-17

El decreto 346 de 2018 definió la ozonoterapia como como una “actividad técnica y auxiliar que requiere de conocimientos específicos” y  quedó incluida dentro de la “medicina tradicional, complementaria o alternativa”, que quedó definida en el decreto como “las prácticas, enfoques, conocimientos y creencias sanitarias diversas que incorporan medicinas basadas en plantas, animales, minerales u ozono.”

El estado de Nuevo León ocupa el tercer lugar, después de la Ciudad de México y el estado de México, en cuanto a la contribución al PIB (producto interno bruto) nacional. El estado de Nuevo León cuenta con institutos universitarios de los más prestigiosos de América Latina como son el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM), y la Universidad de Monterrey (UDEM).

Le corresponde ahora a la Secretaría de Salud del Estado de Nuevo León de expedir el correspondiente reglamento de la reforma adoptada por el decreto 346 de 2018.

Amozón (Asociación Mexicana de Ozonoterapia), miembro fundador de Imeof (International Medical Ozone Federation), bajo la presidencia del Dr. Froylán Alvarado, jugó un papel muy importante para que el Congreso del estado de Nuevo León hubiera incluido la  ozonoterapia en la ley estatal de salud. Imeof proporcionó apoyo científico y legal a Amozón a lo largo de todo este proceso legislativo.

 

Países que han regulado la ozonoterapia

Los siguientes 13 países han regularizado la ozonoterapia hasta ahora:

  1. Grecia (1991 y 2014)

  2. Ucrania (2001 y 2014)

  3. Italia (2003, 2006, 2007, 2009) en 3 regiones

  4. China (2005)

  5. Rusia (2005 y 2007)

  6. España (entre 2007 y 2012) en 15 comunidades autónomas

  7. Cuba (2009 y 2015)

  8. Sultanato de Omán (2010)

  9. Emiratos Árabes Unidos (EAU) (2011) en Dubái

  10. Portugal (2013 y 2014)

  11. Turquía (2014)

  12. Brasil (2015) en odontología

  13. México (2018) en un estado

 

En la mayor parte de esos países Imeof (International Medical Ozone Federation)  ha intervenido activamente para la regularización de la ozonoterapia.

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